Si eres cliente de créditos y tienes dificultades para el pago de tu crédito, puedes solicitar reprogramación o refinanciamiento de tu préstamo. Conoce a continuación en qué consisten y cómo solicitarlos, en atención a la circular ASFI N° 669/2021 de fecha 14/01/2021.
Es el acuerdo, convenio o contrato mediante el cual se modifican las principales condiciones de tu crédito a raíz de un deterioro en tu capacidad de pago o generación de ingresos. La reprogramación posibilita el pago de tu crédito en un plazo mayor y por eso una reducción en tu cuota.
En caso de que estés con dificultades para reiniciar el pago de tu crédito, estamos para ayudarte.
Contáctate con tu Ejecutivo de Negocios/Asesor Comercial para solicitar la reprogramación de tu crédito, accediendo a un periodo de gracia de 6 meses (en el que no pagarás capital ni intereses) y a un periodo de prórroga.
Estas condiciones aplican solamente a clientes con créditos que hayan tenido cuotas diferidas en base a lo dispuesto en la ley N. 1294.
No, el saldo de la deuda se mantiene.
No, el capital e intereses de las cuotas diferidas serán trasladados posterior a la última cuota de plan de pagos resultante de la reprogramación, manteniendo invariables los montos y la periodicidad de pago.
Si, la reprogramación debe realizarse con una adenda al contrato original, sin requisitos adicionales a los ya establecidos en el contrato inicial.
No, no es necesario el pago de los intereses diferidos ya que los mismos se incorporarán en el nuevo plan de pagos según lo descrito en el inciso “b”.
No, no es necesario el pago de los intereses diferidos ya que los mismos se incorporarán en el nuevo plan de pagos según lo descrito en el inciso “b”.
No, la tasa de interés de la reprogramación será la misma o menor a la del crédito original.
No, y tampoco deberás actualizar los avalúos presentados en la operación original.
Es el periodo que dura la tramitación de la reprogramación, durante este periodo no se te cobrará capital ni intereses, no se modificará el estado de tu deuda, ni tu calificación.
Es un financiamiento adicional al crédito cuyas cuotas fueron diferidas, incrementando el monto del crédito, que no conlleva la cancelación de la operación original.
En caso de que estés con dificultades para reiniciar el pago de tu crédito, estamos para ayudarte.
Contáctate con tu Ejecutivo de Negocios/Asesor Comercial para solicitar el refinanciamiento de tu crédito, accediendo a un periodo de gracia de 6 meses (en el que no pagarás capital ni intereses) y a un periodo de prórroga.
Estas condiciones aplican solamente a clientes con créditos que hayan tenido cuotas diferidas en base a lo dispuesto en la ley N. 1294.
No, el capital e intereses de las cuotas diferidas serán trasladados posterior a la última cuota del plan de pagos resultante del refinanciamiento, manteniendo invariables los montos y la periodicidad de pago.
Si, para el refinanciamiento se debe realizar una adenda al contrato original, sin necesidad de requisitos adicionales a los ya establecidos en el contrato inicial.
No, no es necesario el pago de los intereses diferidos ya que los mismos se incorporarán en el nuevo plan de pagos según lo descrito en la pregunta 1.
Los pagarás a prorrata después de los 6 meses durante todo el plazo pactado para la operación y sin cobro de interés adicional al pactado.
No, la tasa de interés del refinanciamiento será la misma o menor a la del crédito original.
Es el periodo que dura la tramitación del refinanciamiento, durante este periodo no se te cobrará capital ni intereses, no se modificará el estado de tu deuda ni tu calificación.
Carta de solicitud de reprogramación |
Carta de solicitud de refinanciamiento |
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