Consiste en anticipar efectivo al cliente por las cuentas por cobrar que tiene previamente facturadas de trabajos ejecutados a su cartera de clientes. Es decir, al momento de facturar por sus servicios, el banco puede hacer el anticipo por un plazo determinado (30, 60, 90 o 180 días), hasta que dicha cobranza sea efectiva. Siendo una condición que dicho pago sea cedido a favor del Banco.
Monto: Hasta el 85% del monto de la factura.
Plazo: Según el ciclo comercial y operativo de la venta.
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